Ejecutan obra de manera informal
Diario Amanecer
A cargo de la gerencia territorial Alto Huallaga del GORESAM
San Martín. Una vez más, se pone en evidencia la incapacidad de algunos funcionarios de la actual gestión del Gobierno Regional de San Martín, para quienes parece les quedó bastante grande el cargo asignado. Eso es lo que estaría ocurriendo en la provincia de Tocache, específicamente en la Gerencia Territorial Alto Huallaga del GORESAM, a cargo del Ing. Cristian Puelles, respecto de una obra que se viene ejecutando de manera completamente informal e irregular.
Según un informe elaborado por personal de la Contraloría, la empresa Contratista viene ejecutando trabajos en la IOARR: “Construcción de espacio deportivo con cobertura; en el (la) I.E. 0599 distrito de Santa Lucia, provincia de Tocache, departamento San Martín”, a pesar que la fecha de término contractual se encuentra vencida; situación que generaría el riesgo que no se apliquen penalidades por mora en la ejecución de la obra y el riesgo en la entrega oportuna de la obra a la población beneficiaria.
El pasado 17 de junio del presente año, se dio inicio a la ejecución de la mencionada IOARR, con un presupuesto que bordeaba el millón de soles, y con un plazo de 60 días calendario, debiendo concluir el 15 de agosto de 2025; no obstante, mediante acta de suspensión de plazo de ejecución contractual de obra n.° 01 de 18 de julio de 2025, la ejecución de la citada IOARR fue suspendida, reiniciando la obra el 24 de julio de 2025 (después de siete días calendario); por lo que, el plazo de ejecución de la lIOARR se extendió hasta el 22 de agosto de 2025.
En virtud a ello, el 3 de setiembre de 2025, la comisión de control del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional San Martín, realizó una visita de inspección física a la IOARR y se suscribió el acta, constatando in situ que los trabajos en obra aún no habían concluido, pese a que el plazo contractual venció el 22 de agosto de 2025.
Asimismo, respecto al retraso de la IOARR (hasta la fecha de la visita, 3 de setiembre de 2025), considerando lo previsto el contrato de ejecución; establece penalidad por mora, si el contratista incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato; por lo que, correspondería (hasta esa fecha) la aplicación de una penalidad por la suma de S/ 44 465,24. (Diario Amanecer)

