Cuestionan delegación de facultades del gobernador
Diario Amanecer
A gerente general para designar y
cesar a funcionarios de confianza
San Martín. Mediante la Resolución Ejecutiva Regional N.° 017, el gobernador regional de San Martín dispuso la delegación de la facultad de designar y cesar a funcionarios de confianza y directivos de libre designación y remoción al gerente general del Gobierno Regional de San Martín (GRSM).
De acuerdo con el contenido del dispositivo legal, dichas atribuciones deberán ser ejercidas bajo la dirección y supervisión del titular del pliego. Sin embargo, especialistas en derecho administrativo advierten que, si bien la normativa permite la delegación de determinadas funciones administrativas, ello no exonera al gobernador regional de la responsabilidad política, administrativa y legal que pudiera derivarse de las decisiones adoptadas.
La resolución, publicada recientemente en el diario oficial, precisa que los actos de designación y cese continúan formando parte de la conducción política del gobernador regional, aun cuando la ejecución administrativa recaiga en el gerente general.
No obstante, la medida ha generado cuestionamientos en el ámbito técnico y político, debido a que la delegación otorga al gerente general un rol decisorio en un ámbito que tradicionalmente ha sido considerado una atribución exclusiva del gobernador regional. Incluso, algunos analistas señalan que esta decisión podría afectar funciones que venían siendo ejercidas por la vicegobernadora regional, lo que ha motivado diversas interpretaciones dentro de la administración regional.
Diversos criterios técnicos sostienen que la facultad de designar y cesar funcionarios de confianza es de carácter personalísimo, al sustentarse en un juicio político y en una relación directa de confianza entre el titular del pliego y el funcionario designado. En ese sentido, advierten que dicha competencia no tendría naturaleza meramente administrativa, sino política, por lo que no sería susceptible de delegación.
Especialistas en la materia recuerdan que tanto la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) como la Contraloría General de la República han señalado de manera reiterada que las decisiones relacionadas con funcionarios de confianza son indelegables, salvo que exista una habilitación legal expresa.
Asimismo, precisan que en el marco normativo vigente no existe disposición legal que autorice a los gobiernos regionales a delegar esta facultad a otros funcionarios, lo que podría dar lugar a observaciones, controles posteriores o eventuales cuestionamientos a la legalidad de las resoluciones emitidas en aplicación de dicha delegación. (Diario Amanecer)

