Amanecer

Alcaldesa de Tarapoto niega que sea su voz

Alcaldesa de Tarapoto niega que sea su voz

En audio propalado por este medio en el que presuntamente un empresario la estaría “digitando” para que no firme derogatoria

San Martín. Transcurrido cuatro días, desde que se hizo público un audio a través de este medio de comunicación, cuyo vergonzoso contenido está vinculado al controvertido caso “Ricuricocha”, la alcaldesa tarapotina, Lluni Perea Pinedo, brindó declaraciones al programa “Enfoques” (Vía TV), negando que la voz que se escucha en el mencionado audio, sea la suya.

“Este audio realmente lo han hecho las personas que están ahora en la política, y que me ven como una amenaza, y algunos regidores que ya están pidiendo una suspensión, por un supuesto retraso. Esto es una falacia, jamás estaría haciendo esas cosas, no es mi voz, no haría ese tipo de audios, porque tengo mis asesores legales, esa conversación no se ha dado”, refirió la autoridad municipal.

Más adelante indicó: “Lo que se viene difundiendo es una supuesta conversación mía con un tercero que no identifico en el audio que puede ser editado, introduciendo hechos o relatos inexistentes, desde aquí hago un llamado al Ministerio Público para que inicie investigación de inmediato, disponiendo todos los actos de pericia fonética, integridad del audio, fuente de origen, si pueden validar los hechos, tengo las manos limpias y la conciencia tranquila.”

Perea Pinedo señaló que tratan de desestabilizar su gestión, y que, con la tecnología y la ciencia, “me pueden ver besándome con un policía, y se pueden hacer las cosas de mil formas, pero aquí estoy para que me investiguen”, sostuvo.

Sin embargo, en ningún momento, la alcaldesa hizo referencia a hechos importantes, como por ejemplo, el famoso “memorándum” Nº 127-2025, de fecha 10 de diciembre del 2025, el cual, según se desprende del audio, no habría sido elaborado ni por la alcaldesa, ni por ningún servidor o funcionario de la Municipalidad Provincial de San Martín, sino que habría sido redactado por los asesores del “empresario”, y enviado a la alcaldesa para que pueda “cubrirse”, y exigirle a sus funcionarios que revisen el acuerdo de Concejo que aprobaba, derogar la ordenanza N° 022-2025, en la que se autorizaba al cambio de zonificación de los terrenos de la empresa inmobiliaria “Ciudápolis” en el sector Ricuricocha.

Cabe señalar, que, con dicho memorándum, la alcaldesa tarapotina Lluni Perea, habría contravenido irregularmente el artículo 51 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que señala textualmente: “ARTÍCULO 51.- RECONSIDERACIÓN DE ACUERDOS. El 20% (veinte por ciento) de los miembros hábiles del concejo pueden solicitar la reconsideración respecto de los acuerdos, en estricta observancia de su reglamento de organización interna y dentro del tercer día hábil contados a partir de la fecha en que se adoptó el acuerdo.

Es decir, que los únicos facultados para solicitar una “reconsideración” de un acuerdo de Concejo, serían el 20% de los miembros hábiles de dicho Concejo, eso quiere decir, por lo menos 2 de sus miembros, y dentro de un plazo de tres días hábiles, luego de haberse aprobado dicho acuerdo.

A través del memorándum en mención, la alcaldesa Lluni Perea, habría solicitado de manera irregular, a su gerente municipal, William Ríos Trigoso, ocho días después de haberse aprobado el acuerdo de la derogatoria de la ordenanza N° 022-2025, que evalúe dicho acuerdo para ver si era “ejecutable”, contraviniendo lo establecido en el artículo 51 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

La acción de “evaluar la ejecutabilidad” de un acuerdo de Concejo, posterior a su aprobación, no se encuentra establecida como facultad o atribución de un gerente municipal, ni en la Ley Orgánica de Municipalidades, ni en el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Provincial de San Martín.

Cabe precisar además, que resulta evidente la férrea posición de defensa por parte de la alcaldesa tarapotina, Lluni Perea y de algunos regidores, a la cuestionada ordenanza N° 022-2025, que aprobó un plan específico, que favorece de manera irregular a una empresa inmobiliaria, para que se puedan desarrollar habilitaciones urbanas en una zona adyacente a la Laguna Ricuricocha, considerada como un humedal, una zona de conservación y con un frágil ecosistema.

Resulta válido entonces preguntarse, si dicha defensa férrea a la hoy derogada ordenanza, es por un tema de principios o por algún tipo de interé$ particular, pues tal como señala el dictamen en que se basó la ordenanza municipal N° 027-2025, que deroga la cuestionada ordenanza N° 022-2025, no solo cuenta con informes de Contraloría, de los colegios profesionales de Ingenieros y Arquitectos, entre otros advirtiendo sobre los riesgos que habría conllevado mantener vigente la vergonzosa ordenanza N° 022-2025, sino que además existen también, informes de propios funcionarios de la municipalidad que también habían recomendado procedente la ordenanza de la derogatoria, y que justamente por ese motivo habrían sido separados de sus cargos.

La alcaldesa tarapotina tiene mucho por explicar, y se espera que tal como lo señaló en su “entrevista”, cumpla con asistir hoy a la municipalidad provincial de San Martín, y responda a los verdaderos cuestionamientos que debe contestar sobre los graves hechos que hoy pesan sobre ella y su gestión municipal. (Diario Amanecer)